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“No os encariñéis, se va a morir” Furorín, 11 días después: Sujétame el cubata 🐥

“No os encariñéis, se va a morir” Furorín, 11 días después: Sujétame el cubata 🐥

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7 datos para entender qué pasó en el juicio de Sergio Gregori contra Canal Red 🧵 Primero, el contexto: ya para empezar, casi el 80% de las demandas por acoso laboral son desestimadas: Es decir, casi el 80% de los trabajadores que no aceptan acuerdos de conciliación y van a juicio, “pierden” (no se estima su pretensión). Al final del tuit hablamos de por qué sucede esto. Pero vayamos a los hechos de este caso: (1) Se impidió a Sergio citar testigos. La jueza (que ha dado al menos una charla y es socia fundadora de una asociación con una ex diputada de Podemos, pero en eso entraré después) cerró la fecha de la vista del juicio para 5 días después de admitir la demanda a trámite, impidiéndole la posibilidad de citar testigos. Eso hizo que varios testigos clave (cuyo testimonio tenemos recogido en audios que nos mandaron, aunque hemos decidido no filtrarlos) decidieran no testificar por miedo a represalias. (2) Antes de admitir la demanda a trámite, la jueza pidió hasta 5 subsanaciones distintas para anonimizar a Pablo. La secretaria judicial se nos acercó a Paola y a mí pidiéndonos, por favor, que hiciéramos “recapacitar” a Sergio. (3) La jueza dictó sentencia en pocos días (creo que menos de una semana) cuando aportamos cientos de páginas de prueba documental, ignoró pruebas reconocidas incluso por Canal Red, y afirmó que Sergio había desistido de todas las pruebas relativas al acoso en redes. La grabación del juicio demuestra que eso no es verdad. (4) La jueza reconoció probada la degradación (no justificada, sin notificación formal, sin un expediente) de 4 categorías profesionales en el caso de Sergio, pero considera que NO constituye un atentado a su dignidad como trabajador. (5) A la única trabajadora que vino a testificar contra Sergio, se le habría subido el sueldo poco después (presuntamente). (6) Durante la conciliación previa al juicio, Pablo le dijo al abogado de Sergio, con varios testigos delante: (parafraseo) “si usted fuera un buen abogado, le recomendaría a su cliente que desistiera de todas las acciones contra la empresa(…) o, de lo contrario, le vamos a destrozar la vida y no podrá volver a encontrar trabajo”. (7) Como adelantaba antes, la magistrada que le tocó a Sergio en su juicio contra Canal Red ha dado al menos una charla (y dirige una asociación de juezas fundada por) una ex diputada de Podemos que sigue teniendo peso en el partido. Quiero dejar claro que NO creo que dicha ex diputada (Victoria Rosell) haya “movido hilos” de ningún tipo. Que esto no va de ponerse un gorrito de aluminio. Ahora bien. Que nos tocara una jueza vinculada al entorno de Podemos, como mínimo echa por tierra el argumento de Pablo (que intentó instalar en ESDLB) de que, con las ganas que le tiene la judicatura a Pablo Iglesias y Podemos, si desestiman la demanda de Sergio es porque no habrá la más mínima prueba o indicio, y que la suya es una “denuncia falsa”. En cualquier caso se le trató como a un empresario más. Y a los empresarios les dan la razón en casi el 80% de procedimientos por acoso laboral. Volviendo a esa estadística: ¿creéis de verdad que el 80% de los trabajadores que afirman haber sufrido acoso laboral y llegan tan lejos… están mintiendo? ¿O acaso es probable (como concluye este informe que analiza más de 1,000 sentencias por acoso laboral) que el sistema judicial tenga lagunas (o negligencias) estructurales cuando se trata de acoso laboral? Y este otro artículo, de Cristóbal Navarrete, titulado “El ciberacoso en el trabajo”, se centra específicamente en las lagunas del sistema judicial y del derecho laboral con lo que respecta al entorno digital (y a las violencias que se producen en el entorno digital): Mucha gente parte de la idea de que es mucho más fácil ganar en derecho laboral que en derecho penal, y que eres tú, como trabajador, quien tiene presunción de inocencia y “es la empresa la que tiene que justificar lo que ha hecho”, pero esto sólo es así cuando se trata de despidos. Es decir, cuando un trabajador despedido reclama que el despido sea nulo o se reconozca como improcedente. Ahí es la empresa la que tiene que demostrar que existen razones legítimas para despedir al trabajador. En cambio, cuando demandas porque has sufrido acoso laboral, eres tú quien tiene que demostrar ese acoso, y la estadística está prácticamente tan en tu contra (20% vs 80%) como si denuncias… violencia de género.

Ayme 🇵🇸

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