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Angelica Monsalve Gaviria

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Magister en Derecho. De Medellin https://t.co/Z8Bd6inCh8

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Todo depende de ustedes: o permitimos que la señora Cathy Juvinao #VERDE101 🌻💚 Cámara Bogotá se jubile tranquilamente en su isla, después de no hacer absolutamente nada en el Congreso, o le ponemos fin a la política de la inercia y el descaro. 👇👇👇👇

Todo depende de ustedes: o permitimos que la señora Cathy Juvinao #VERDE101 🌻💚 Cámara Bogotá se jubile tranquilamente en su isla, después de no hacer absolutamente nada en el Congreso, o le ponemos fin a la política de la inercia y el descaro. 👇👇👇👇

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Vote 13 el número de la suerte, el número de la justicia, el número del futuro de Colombia.

Vote 13 el número de la suerte, el número de la justicia, el número del futuro de Colombia.

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Para descansar de tanta noticia fea que nos dan los politiqueros Le dedico este baile a mis queridos seguidores, los amo 🩵

Para descansar de tanta noticia fea que nos dan los politiqueros Le dedico este baile a mis queridos seguidores, los amo 🩵

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Desde hoy comenzaré a debelar muchas verdades que nadie quiere que sepa. Los espero en mi canal de YouTube y los invito a suscribirse, porque no voy a permitir que nadie trague entero. Nos vemos hoy a las 5:00 pm hora Colombia

Desde hoy comenzaré a debelar muchas verdades que nadie quiere que sepa. Los espero en mi canal de YouTube y los invito a suscribirse, porque no voy a permitir que nadie trague entero. Nos vemos hoy a las 5:00 pm hora Colombia

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Feliz año nuevo para todos, que la felicidad los persiga por donde vayan.

Feliz año nuevo para todos, que la felicidad los persiga por donde vayan.

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Feliz año 2025 para mi amada Colombia, a mis paisanos les deseo toda la dicha y la prosperidad que nos merecemos en un país donde abundan las riquezas.

Feliz año 2025 para mi amada Colombia, a mis paisanos les deseo toda la dicha y la prosperidad que nos merecemos en un país donde abundan las riquezas.

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Los corruptos, se roban la plata de la salud, de la educación, de la vivienda, de las pensiones, del agua, de la energía, de la comida de los niños, del metro de Bogotá, de las gobernaciones, de las alcaldías, y de las demás Entidades del Estado colombiano. Si no hacemos algo ya para encarcelarlos, TODOS VAMOS A QUEDAR COMO ESTE POBRE HOMBRE, que suena cómico pero es una gran realidad👇

Los corruptos, se roban la plata de la salud, de la educación, de la vivienda, de las pensiones, del agua, de la energía, de la comida de los niños, del metro de Bogotá, de las gobernaciones, de las alcaldías, y de las demás Entidades del Estado colombiano. Si no hacemos algo ya para encarcelarlos, TODOS VAMOS A QUEDAR COMO ESTE POBRE HOMBRE, que suena cómico pero es una gran realidad👇

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Las estructuras del poder público colombiano, en especial el del poder judicial, están coartando el desarrollo del país y la efectiva participación democrática, en consecuencia tenemos que darle un REVOLCÓN a esas estructuras para ponerlas a disposición de todos y no de unos pocos que se creen los dueños y amos del país y lo único que se disputan es el presupuesto de la nación, enbolsillándose así el futuro de 50 millones de colombianos. Ya basta de reformitas con acuerdos políticos que no llegan a nada, hay que cambiar hasta la manera de elegir a los magistrados, al fiscal general, procurador, contralor, y quitarles el fuero que les garantiza IMPUNIDAD. Ni se alcanzan a imaginar lo desarticulados que quedarían todos los HAMPONES CORRUPTOS. Lo que les ofrezcan en campañas sin tener esto sobre la mesa, será más de lo mismo.

Las estructuras del poder público colombiano, en especial el del poder judicial, están coartando el desarrollo del país y la efectiva participación democrática, en consecuencia tenemos que darle un REVOLCÓN a esas estructuras para ponerlas a disposición de todos y no de unos pocos que se creen los dueños y amos del país y lo único que se disputan es el presupuesto de la nación, enbolsillándose así el futuro de 50 millones de colombianos. Ya basta de reformitas con acuerdos políticos que no llegan a nada, hay que cambiar hasta la manera de elegir a los magistrados, al fiscal general, procurador, contralor, y quitarles el fuero que les garantiza IMPUNIDAD. Ni se alcanzan a imaginar lo desarticulados que quedarían todos los HAMPONES CORRUPTOS. Lo que les ofrezcan en campañas sin tener esto sobre la mesa, será más de lo mismo.

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Cambio Que asco de fiscal general, es el clon mujer de Barbosa. Ya ven que a l@s fiscales generales no los elige la dignidad sino una mano negra misteriosa. Quiero ser senadora para darme la pelea por el rescate de la justicia.

Cambio Que asco de fiscal general, es el clon mujer de Barbosa. Ya ven que a l@s fiscales generales no los elige la dignidad sino una mano negra misteriosa. Quiero ser senadora para darme la pelea por el rescate de la justicia.

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Hoy 6:00 pm (Petro en la lista Clinton) convenientemente a poco menos de los ocho meses para la primera vuelta hacia la presidencia no se lo pierdan 👇

Hoy 6:00 pm (Petro en la lista Clinton) convenientemente a poco menos de los ocho meses para la primera vuelta hacia la presidencia no se lo pierdan 👇

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En el día de San José, le deseo un feliz día a todos los José, inclusive a los que no son tan santos. 🩵🩵

En el día de San José, le deseo un feliz día a todos los José, inclusive a los que no son tan santos. 🩵🩵

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alazamo123's profile picture

Resulta curioso que quienes me descalificaron como “tinterilla” por advertir esta situación, ahora tengan que enfrentar lo que acaba de reiterar la Corte Constitucional de Colombia. El artículo 179 de la Constitución vigente e incólume desde 1991 es claro: nadie puede ser elegido para más de una corporación o cargo público si los períodos coinciden, así sea parcialmente. No es una interpretación novedosa ni una creación reciente. La sentencia C-080 de 2026 no “crea” la inhabilidad. La reafirma. Y lo hace bajo un criterio consistente: los períodos son institucionales, no personales. Por tanto, la renuncia no borra la inhabilidad. Pretender ahora que este criterio solo aplica hacia el futuro es desconocer un mandato constitucional que ha estado vigente por más de tres décadas. La Constitución no depende de que la Corte la “active”; su fuerza normativa proviene del constituyente. La discusión es jurídica más no política, es simple: si hay coincidencia de períodos, hay inhabilidad. Sin reinterpretaciones acomodadas. En ese contexto, permitir que tanto el concejalito Daniel F. Briceño como Ana Erazo Ana Erazo se posesionen como Representantes a la Cámara en contravía de este mandato, no solo desconoce la Constitución, sino que abre la puerta a una vulneración directa del orden jurídico. Con base en estos argumentos, invitó a todos los abogados de la República a que demandemos estas curules, obtenidas de manera inconstitucional 👇👇👇

Angelica Monsalve Gaviria

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alazamo123's profile picture

Dos cosas quedan claras de esta entrevista: una, esta funcionaria, con 30 años de servicio, desconoce el derecho penal y dos, la Fiscalía Colombia, me ha estado siguiendo, porque según ella, conoce todos mis pasos alrededor del país. Mancera asume que los funcionarios del CTI están muertos, porque habla de un testigo de referencia. No señora, ellos están vivos y dispuestos a declarar en su contra. Además, la denunciaron. Igualmente, se aprecia cómo la alta funcionaria descalifica a una fiscal delegada y se refiere a los funcionarios de un nivel jerárquico por debajo de ella, de una manera despectiva. Aquí no hay testigo de referencia señora Mancera, aquí hay testigos directos que la señalan a usted de un andamiaje contra ellos, con el único fin de proteger a “pacho”. 30 años en la fiscalía no nos garantiza a los colombianos que usted sea transparente u honesta, y que sepa de derecho penal, porque por lo que declara, la inexperta parece ser usted, no sé cómo la eligieron vice fiscal. Aquí la denuncia de los funcionarios del CTI que fueron , maltratados y vejados por usted, que hasta de malparidos e hijos de puta los trató, a puerta cerrada. Por favor Corte Suprema de Justicia . a este caso hay que ponerle la lupa, lo denunciado por los CTI, apenas es la punta del iceberg Hoy estos muchachos están corriendo peligro, Martha Mancera es muy poderosa, además Barbosa (el segundo cargo más importante de este país, según él) la defiende a capa y espada, lo que garantiza la impunidad en caso de que ella sea responsable de algún delito. Ojalá los periodistas de la revista semana, midieran con la misma vara, los seguimientos e interceptaciones que me hace la fiscalía, declarados por Mancera, al igual que lo hace con el comandante del ejército. Aquí los poderosos tienen tribuna propia.

Angelica Monsalve Gaviria

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alazamo123's profile picture

Abro 🧵 (dos post) Siempre he pensado que el ordenamiento jurídico colombiano, es un desastre, y que muchos procedimientos se manejan de facto y no en derecho. Les voy a contar sobre el mico más grande que le han metido a la sociedad colombiana, el del Acuerdo 006 de 2002 “Reglamento General de la Corte Suprema de Justicia”, que desarrolla aspectos de la Ley 270 de 1996, es decir, la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia. Comienzo explicándoles que el ordenamiento jurídico, basado en la pirámide del jurista y filósofo Austriaco Hans Kelsen, la Constitución como ley suprema dada por la voluntad del pueblo, está por encima de la ley, y los Reglamentos, que desarrollan aspectos de esas leyes, están justo debajo de la ley. Es decir, la ley no puede confeccionarse en contravención de los postulados constitucionales, y los reglamentos no pueden redactarse en contravención de la ley, y mucho menos de la constitución. Al respecto, el artículo 249 de la constitución política de Colombia, establece que el fiscal general, será elegido por la Aldo Cortesi de terna enviada por el presidente de la República. Ahora bien, la manera como se desarrollarán estas potestades constitucionales, están previstas en una ley estatutaria, que a su vez tiene un reglamento dictado por la Corte Suprema de Justicia. Para que entiendan sin dificultad alguna, lo que diré más adelante, antes quiero explicarles, lo que es una constitución, que es una ley estatutaria, y que es un reglamento: Las leyes son actos sancionados por el congreso como cuerpo legislador, una ley estatutaria es una ley especial que regula derechos y deberes fundamentales de las personas y la administración de justicia en nuestro país, y un reglamento es una colección ordenada de reglas que por la autoridad competente se da para la ejecución de una ley o para el régimen de una corporación, una dependencia o un servicio. Ahora bien, entrando en materia de micos; la ley 270 de 1996, es el Estatuto de la Administración de justicia, por ser una ley especial, tuvo que ser aprobada por la mayoría absoluta de votos de los Senadores y Representantes a la Cámara. (La representación del pueblo). De esta ley, se desprendió el reglamento general de la CSJ., para establecer las reglas de ejecución de esos postulados legales. (Los cuales deben respetarse). Ahora si me referiré a los micos o entuertos del Reglamento General de la Corte Suprema de Justicia. •MICO 1: El artículo 54 de la ley estatutaria de administración de justicia prevé que todas las decisiones que tomen las corporaciones judiciales en pleno, requerirán para su deliberación y decisión, de la asistencia y voto de la mayoría de miembros de la corporación. “Nótese que aquí se habla de mayorías, 50% + 1 o la mitad más uno de los votos. Sin embargo, el reglamento de la CSJ dice que la decisión para elegir fiscal general se toma por las 2/3 partes de los votos. ◦Conclusión: si se respetara la ley estatutaria, se necesitarían 12 votos para elegir fiscal general, no los 16 votos que dice el reglamento.(tomando en cuenta que son 23 magistrados). Ningún reglamento puede crear normas (2/3 votos) no previstas en la ley, porque la CSJ no legisla. •MICO 2: El art. 57 de la ley estatutaria de la administración de justicia, prevé que las actas de las sesiones de la CSJ en las cuales conste decisiones administrativas son de ACCESO AL PÚBLICO. (Elegir al FGN es una decisión administrativa). Sin embargo, el reglamento de la CSJ, dice que las sesiones para elegir fiscal general son PRIVADAS. ◦Conclusión: si se respetara la ley estatutaria, todos los colombianos podríamos conocer cómo fueron las votaciones de cada magistrado.

Angelica Monsalve Gaviria

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