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Erica Mora

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Periodismo jurídico | Cuento historias | Directora editorial de @PortalJudicial ¡Vivan los libros y la libertad de ser! 📥 [email protected]

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‼️ Una mujer a quien le amputaron la extremidad del pie izquierdo demandó al IMSS por daño físico y moral, debido a la falta de consentimiento informado, la dilación en la atención médica 🩺 —con citas cada seis meses— y el inadecuado seguimiento de una enfermedad rara 🔬que le provocó la formación de células cancerígenas gigantes y dolores intensos, que finalmente derivaron en la amputación. A pesar de ser derechohabiente del Seguro Social, no fue atendida en esa institución 🏥y tuvo que recurrir a un hospital privado en el contexto de la pandemia🦠. 📌 En la sesión del Tribunal, por mayoría de dos votos, le negaron el amparo al concluir que no hubo actividad administrativa irregular. Los argumentos en contra de una magistrada resultan especialmente reveladores sobre la importancia de la valoración de la prueba y el alcance del consentimiento informado.⚕️ ⚖️“Las notas unilaterales en el expediente no son suficientes para acreditar que la paciente comprendió su estado de salud, su pronóstico y las posibilidades de atención”, señaló durante la sesión la magistrada del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región. 📍Aquí ⬇️ fragmentos ▶️de las intervenciones del magistrado ponente y de la magistrada disidente. 🔗En esta liga pueden escuchar la sesión completa del Tribunal👨🏻‍⚖️ 👩🏻‍🎓Notiene desperdicio: 👉

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107,277 просмотров • 9 месяцев назад

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‼️Un bebé que nació en el IMSS recibió una mala atención médica, que le provocó insuficiencia renal. Fue necesario realizarle un transplante de riñón. El donador fue su papá. Lamentablemente rechazó el transplante y su estado de salud se fue deteriorando. 📍Fue hasta la edad de 11 años cuando su salud mejoró con el tratamiento recibido en un hospital en Estados Unidos. 🔴La CEAV ordenó indemnizarlo por la mala atención médica, pero fue hasta que su caso llegó a la Suprema Corte Suprema Corte que se determinó una reparación integral, es decir, indemnizar al ahora joven y a su familia por los daños que les provocó el “hecho revictimizante”: Al papá porque perdió un riñón para donárselo a su hijo, y ya no pudo trabajar como policía, a su mamá porque tuvo que dedicarse exclusivamente a cuidarlo, y otras afectaciones. ✅La Suprema Corte ⚖️da un paso adelante con esta sentencia porque esta construyendo una doctrina jurisprudencial que conceptualiza el derecho humano a la reparación integral del daño (1º constitucional y artículo 63.1 de la Convención Interamericana). ✳️No sólo se trata de pagar una indemnización económica, sino que tiene que ser una indemnización justa, con medidas de reparación, de no repetición, que contemple el daño moral, entre otros. 📍Amparo en Revisión 687/2024 Reparación integral del hecho revictimizante. Liga del fallo: “Va Derecho” con @SeleneFlores_ en Milenio Televisión Milenio 🔎 Palabras clave: reparación integral del daño, hecho revictimizante, Ley General de Víctimas, derechos humanos, poder judicial federal, negligencia médica. #PeriodismoJurídico #NoticiasJurídicas

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