正在加载视频...

视频加载失败

CNE La solución racional y práctica siempre ha estado en manos del Poder Electoral. Rehuir sus competencias y responsabilidades es un hecho inédito para uno de los 5 poderes autónomos del Estado, creados a la luz de la Constitución del 99. Sin respeto a los principios de reserva legal...

81,187 次观看 • 1 年前 •via X (Twitter)

10 条评论

Alejandro Fleming 的头像
Alejandro Fleming1 年前

Concuerdo, María. Si el CNE no rectifica ni cumple con su obligación constitucional, le habrá hecho un daño a la República, nunca antes visto en nuestra historia. Los Poderes Públicos están subordinados al pueblo y deben cumplir sus mandatos sin chistar.

Gianluca Cocconcelli Cavalli 的头像
Gianluca Cocconcelli Cavalli1 年前

@ajcaleca Les guste o no les guste es la ley es la constitución eso está consagrado AHI y lo más importante es q la SOBERANÍA RECAE EN EL PUEBLO y el Presidente es un empleado DEL PUEBLO

Rafa 的头像
Rafa1 年前

Las cuatro últimas palabras de este video recogen las pretensiones del gobierno: “ya es otra cosa” Muchas gracias María por tus aclaraciones en materia jurídica, nos ayudan a entender a los que no sabemos mucho de leyes🙏

Jesús Aguilar 的头像
Jesús Aguilar1 年前

Está bien claro, el CNE debe cumplir con sus funciones constitucionales, por el bien y la paz del país, deben publicar los resultados, actas, auditorías, votos, lo contrario con lleva a desacato de las leyes y la constitución

igor Williams 的头像
igor Williams1 年前

"...Estaríamos en presencia...", el tiempo verbal no es el correcto, ya estamos en presencia y ya se vencieron TODOS LOS PLAZOS que el mismo CNE se dió para publicar las ACTAS! A esta altura las únicas Actas confiables son las que publicó la Oposición!

María Alejandra Díaz Marín🐞🦗🦎🐝🐜 的头像
María Alejandra Díaz Marín🐞🦗🦎🐝🐜1 年前

Su palabra vaya adelante!!

Ernesto 的头像
Ernesto1 年前

Estoy totalmente de acuerdo con su punto sea del lado que sea Lo que si estoy seguro es que Hugo Chávez Frías jamás hubiera permitido esa locura e infamia

Juan Lorenzo 的头像
Juan Lorenzo1 年前

Les dio por la madre!!! El asunto aquí es que no estamos en estado de derecho Aquí no se cumplen las leyes para cualquier que opine o interponga. Un recurso que sea contra la dictadura .Así que interpretaciones Jurídicas. No caben ya eso se sabe. Son otros los caminos!! Se sabe!

@VR24 的头像
@VR241 年前

Se pasearon la constitución nacional por sus ropas interiores, para no ser obsceno. Bendito sea Dios

Jose Lopez 的头像
Jose Lopez1 年前

Apreciada Señora Usted yo creo q debe tener los resultados d su centro electoral y seguramente también d otros centros electorales,no los comparo con la página d MCM? Yo si lo hice y tienen los mismos resultados,entonces q tenemos?dígamelo por favor

相关视频

ELECCIONES 2024 Estamos ante uno de los grandes dilemas constitucionales más difíciles de nuestros tiempos, y es el conflicto entre el principio político democrático y el de supremacía constitucional. Definitivamente, para obtener legitimidad de origen, de desempeño y de fines, debemos en este conflicto inclinarnos por el principio de soberanía cuyo único titular es el pueblo que a su vez es titular del poder constituyente. Siendo así, nuestra petición, por el bien del país y la legitimidad de origen, de fines y de desempeño, del gobierno que debe comenzar a partir del 10 de enero de 2025, gobierno e instituciones que hoy están completamente opacadas por el accionar cómplice de los poderes, debemos establecer de forma transparente un escrutinio post electoral con garantías para todos los actores y para la ciudadanía entera. Si existen graves dudas acerca de la veracidad de las actas (respaldos físicos que cada actor en pugna posee) la mejor forma de saber sí las imágenes publicadas en el sitio web de María Corina Machado/Edmundo González Urrutia o las que entregó el PSUV y CNE ante el TSJ y sí éstas se corresponden a actas reales o no, es que se comparen con las 30.026 actas que están poder del Consejo Nacional Electoral, pues cada una de esas actas está salvaguardada, hasta donde entiendo, de cuatro formas distintas: un acta digital que se envía al centro de totalización; un acta impresa que se guarda en un sobre sellado y precintado con un precinto de seguridad en plomo cuyo número conocen sólo los participantes y queda registrado en las actas que se levantan y que posee cada actor; están los datos que quedan en la memoria de la máquina de votación como tal; hay un pendrive con el respaldo de cada máquina de votación, es decir, todos esos datos tienen varios mecanismos de protección que garantizan que no han sido modificados en todos estos días. Igualmente puede compararse el “hash” de cada acta (el hash es un código de recuperación rápida de datos, en la criptografía en las transacciones de criptomonedas, detección de malware, para gestionar contraseñas y en la firma electrónica) que es el código que aporta seguridad en las operaciones digitales, así como todos los otros datos (incluyendo los votos) y así se pueda comprobar si son reales o no. Entendiendo que lo que nos estamos jugando es la voluntad popular y el destino de la República, ya no sólo la democracia como forma de gobierno, todo este proceso debe hacerse en un acto público, televisado, con periodistas y testigos de todos los partidos políticos y candidatos, con profesores y expertos explicando cuidadosamente lo que se está haciendo en cada paso de la auditoría, para que no queden dudas. La solución racional y práctica siempre ha estado en manos del Poder Electoral. Rehuir sus competencias y responsabilidades es un hecho inédito para uno de los cinco poderes autónomos del Estado, creados a la luz de la Constitución del 99. Sin respeto a los principios de reserva legal constitucional, división de poderes, transparencia, debido proceso, sufragio como expresión de la voluntad del pueblo, se está haciendo un daño irreparable a la República y estaríamos en presencia de un grave ataque contra la forma republicana, la soberanía individual y estatal y el sufragio. Seria una arbitrariedad jurisdiccional y una armamentización del sistema judicial (conocido desde los teóricos de EEUU cómo weaporing) para darle un uso político a lo judicial, deslegitimando con ello, todo el orden constitucional que sostiene a la República.

María Alejandra Díaz Marín🐞🦗🦎🐝🐜

131,600 次观看 • 1 年前

El CNE es quien tiene la competencia, según la CRBV para la “organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos”. El investigar y verificar para certificar de manera irrestricta los resultados de un proceso electoral no es una competencia inicial de la SE del TSJ. La CRBV establece como competencia del Poder Electoral según el 293 “(…) 5. La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos. Por su parte, la LOPE consagra en su artículo 7.- El CNE es el órgano rector del Poder Electoral, tiene carácter permanente, y su sede es la capital de la República Bolivariana de Venezuela. Es de su competencia normar, dirigir y supervisar las actividades de sus órganos subordinados, así como garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales atribuidos al Poder Electoral. Ejerce sus funciones autónomamente y con plena independencia de las demás ramas del Poder Público, sin más limitaciones que las establecidas en la Constitución y la Ley. Asimismo, el artículo 33 de la LOPE establece que El CNE tiene las siguientes competencias: 1.- Organizar, administrar, supervisar y vigilar los actos relativos a los procesos electorales, de referendo y los comicios para elegir funcionarias o funcionarios cuyo mandato haya sido revocado, en el ámbito nacional, regional, municipal y parroquial. 6. Totalizar, adjudicar, proclamar, con base en las actas de escrutinio, y extender la credencial a la candidata electa o candidato electo a la Presidencia de la República, dentro de los lapsos establecidos en la ley. Por tanto esta crisis gravisima es responsabilidad del CNE y fue agravado por la sentencia del TSJ en SE. La solución es publicar resultados desagregados y contar voto a voto. Por la paz del país y la legitimidad de origen del próximo gobierno!!

María Alejandra Díaz Marín🐞🦗🦎🐝🐜

43,913 次观看 • 1 年前

Resulta curioso que una vez anunciado el primer boletín, comprometiendose ante el país con publicar los resultados mesa a mesa como mandata la LOPE y con entregar un CD con resultados desagregados a los candidatos, a los fines de que realizaran impugnaciones de ley, si fuere el caso, un mes después, ni resultados desagregados, ni CD, ni Pen drive, ni publicación en Gaceta Electoral, ni auditorías. Es lamentable, después de tanto luchar por la credibilidad, pulcritud y transparencia del Poder Electoral y la Jurisdicción electoral nacida a la luz de la CRBV del 99, hoy tengamos un poder electoral desarticulado e incapaz de cumplir con sus obligaciones, alegando un hackeo, que ha sido incapaz para resolver. Todas estas contradicciones entre declaraciones hechas por el propio Rector Amoroso la madrugada del 28 para el 29de Julio pasado, y los hechos sucedaneos, no hacen más que confirmar que la solución siempre ha estado en sus manos: cuando la tecnología falla y las auditorias no se han completado ni se publican resultados desagregados, por el bien del país, por la legitimidad de origen del gobierno que debe asumir el 10 enero 2025, la solución más simple es CUENTEN LOS VOTOS UNO A UNO Y ABRAN LAS CAJAS en acto público, notorio y comunicacional, frente al país y en presencia de periodistas, técnicos, candidatos y autoridades. No sigan escurriendo el bulto. Hagan lo que la CRBV y ley ordenan.

María Alejandra Díaz Marín🐞🦗🦎🐝🐜

75,973 次观看 • 1 年前

REVISIÓN CONSTITUCIONAL El pasado 28 de Julio casi 12 millones de venezolanos acudieron a las urnas electorales para hacer efectiva su voluntad y como un ejercicio vigoroso de civilidad y expresión de la soberanía popular. Luego de dicho acto cívico, fuimos sorprendidos por el anuncio del hackeo al CNE y sin embargo, aún así, se dieron resultados y un ganador. Al día siguiente de la lectura del primer boletín y la proclamación del ganador y en medio de protestas y actos de violencia, el candidato presidente acude a la Sala Electoral con la finalidad de sellar y judicializar la voluntad popular, mediante un proceso contencioso electoral inaudito e inexistente en el ordenamiento jurídico nacional, que declaró inobjetable e inapelable los resultados, basándose en un peritaje que se hizo sin presencia de terceros interesados que pudieran oponerse, rechazar u objetar dicho procedimiento, en clara violación a la Constitución, las leyes electorales vigentes, así como la propia jurisprudencia de la Sala Electoral y la Sala Constitucional. Frente a este despropósito y en el marco del deber irrenunciable de defender la Constitución y el Estado Democrático Social de Derecho y de Justicia que nos dimos, acudimos a los fines de solicitar a la Sala Constitucional la revisión de la sentencia 31 de fecha 22 de agosto del 24 por considerar que viola y contraviene derechos y garantías constitucionales. Estamos preocupados por el cese de las garantías constitucionales y del Estado de derecho, lo que nos lleva a un abismo sin retorno. El respeto a la voluntad popular es el asiento material del sistema democrático y las instituciones y su adecuado funcionamiento son el pilar fundamental de la República. El camino no es negando el ejercicio de la ciudadanía pues allí está el farol y las luces que nos orientan en el camino de retorno a los valores constitucionales y republicanos, tampoco es negando el ejercicio democrático como puede construirse un país mejor. Sólo lo haremos en el marco del arreglo que nos dimos, es decir, dentro de la Constitución; sólo así es posible construir una sociedad mejor: reconociendo al otro, no es destruyéndolo ni suprimiéndolo como lo lograremos. Tampoco lo lograremos evitando o esquivando el cumplimiento de la Constitución, mucho menos interpretándola arbitrariamente cómo lograremos la ansiada paz social. Sólo a través del respeto y su interpretación coherente producto del trabajo Constituyente del 99 y de nuestra historia republicana constitucional inaugurada desde la independencia como lograremos encontrarnos como ciudadanos. Ojalá este acto sirva para respetar la voluntad del elector expresión de la soberanía y alertamos que todas estas obstrucciones, negaciones y maniobras inconstitucionales nos están empujando y generando las condiciones para el colapso y la destrucción de la nación. Éso es lo que nos estamos jugando en estas horas decisivas para el país y la vida en concordia de los venezolanos, la paz que anhelamos pasa por la defensa y el respeto al ejercicio de la voluntad popular como acto republicano que busca que las instituciones retornen al Espíritu y a la verdad constitucional. Abrigamos la esperanza de que la Sala Constitucional revise la sentencia, declare la nulidad de la misma y ordene al CNE culminar el proceso administrativo complejo, publique de forma desagregada mesa mesa y centro a centro los resultados a los fines de perfeccionar y darle validez al acto de proclamación y así mismo, por la legitimidad de origen que debe tener el gobierno que tome posesión el 10 de enero del 2025 debemos contar los votos uno a uno con testigos y frente a todo el país tal como se hiciera en el 2013. Exhortamos a una rectificación para solucionar en paz esta crisis política y jurídica que en que nos ha metido la omisión del CNE restándole credibilidad y autenticidad al proceso. Es nuestro derecho democrático y así lo estamos ejerciendo por el bien de país y la democracia

María Alejandra Díaz Marín🐞🦗🦎🐝🐜

48,322 次观看 • 1 年前

CNE La Sala Electoral admite y certifica “de manera irrestricta” los resultados de un proceso electoral presidencial del 28J que sigue estando enmarañado, girando en un manto de especulaciones sobre la falta de transparencia y pare de contar. Pero la Sala Electoral, limitada en sus funciones en el marco de la Jurisdicción Electoral venezolana, sólo logró comparar actas de escrutinios, dejando un conjunto de escenarios de verificaciones y demostraciones de que el proceso y los resultados son transparentes y son copia fiel y exacta de la voluntad popular expresadas en el proceso de votación del pasado 28J. La Sala Electoral no pudo cubrir el reconteo de mesa por mesa, pendrive por pendrive, urna por urna y comparación con las actas de escrutinios originales que contiene el sobre número 1 en resguardo de las FANB. Esos son realmente los instrumentos electorales que pudieran demostrar y garantizar que los resultados dados por el CNE están apegados al deseo del soberano. El CNE como órgano electoral debe publicar en la Gaceta Electoral los resultados mesas por mesas y centro por centro de votación con los resultados detallados según el 155 LOPE. Sin esos instrumentos no podrán cotejar sus resultados con los que publique el CNE y comenzar la fase de reclamos e impugnaciones de mesas con base en las Leyes electorales, e incluso, podrían hacer solicitudes formales de una auditoria posterior detallada de las 30.060 mesas electorales por haber quedado inconformes con los resultados. Ése escenario es posible, sí solo sí, se publican resultados desagregados, los opositores también pueden apelar a sus derechos legítimos y constitucionales, y podrían denunciar ilícitos electorales, nulidad de las votaciones de una mesa electoral, nulidad de Actas de escrutinios, subsanación del Acta Electoral e impugnar otras faltas del CNE como lo establece la LOPE. Es un derecho constitucional y ese derecho nunca debería ser vulnerado en un estado de Derecho democrático y de justicia como es Venezuela. Lo más importante en este contexto, es recuperar la institucionalidad democrática, la confianza y la majestad del Poder Electoral que se logró alcanzar durante los últimos años. Hasta el 28 de Julio, el sistema electoral automatizado venezolano era uno de los mejores del mundo y éso hay que recuperarlo por encima de todo, por la salud democrática, la paz de la República y la legitimidad de origen, fines y desempeño del próximo gobierno que debe asumir el 10 de enero del 2025.

María Alejandra Díaz Marín🐞🦗🦎🐝🐜

56,310 次观看 • 1 年前

🔴💥BOOOOM💥🔴 Durante la reciente sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la ministra Lenia Batres, conocida con orgullo como la #MinistraDelPueblo, volvió a colocar sobre la mesa un debate crucial: Los límites constitucionales del poder judicial y la necesidad de respetar el principio de división de poderes. En medio de la discusión de una controversia constitucional, Lenia subrayó un punto que muchos juristas y ciudadanos críticos han señalado desde hace años, la Corte no tiene facultades para revisar de manera oficiosa la constitucionalidad de las normas, sino únicamente cuando existe una demanda formal que lo solicite. Esta afirmación, más que una postura técnica, es una defensa del Estado de derecho democrático frente a las prácticas discrecionales que históricamente han caracterizado a una parte del poder judicial. Al recordar que la Suprema Corte debe actuar dentro de los límites que la Constitución establece, Lenia evidencia que el activismo judicial, cuando se ejerce sin control, puede convertirse en una forma de poder por encima del pueblo y de los órganos democráticamente electos. La ministra advirtió que revisar leyes “de oficio” sería un exceso, pues abriría la puerta a que el máximo tribunal se arrogue atribuciones que no le corresponden, decidiendo a juicio propio qué normas deben seguir vigentes y cuáles no, sin que medie controversia, demanda o interés legítimo alguno. Dicho de otra forma, la Corte no puede ni debe sustituir la voluntad popular expresada a través del Congreso de la Unión. Este planteamiento trasciende lo jurídico: es una reflexión política sobre el rumbo de la transformación del país. La postura de Lenia reafirma la necesidad de democratizar la justicia, de hacer que el derecho vuelva a ser un instrumento al servicio del pueblo y no una herramienta de las élites para frenar los cambios sociales. Su intervención representa una defensa del principio republicano de equilibrio entre poderes, frente a una tendencia conservadora que pretende colocar al Poder Judicial como árbitro supremo por encima de la soberanía popular. En un contexto donde las resistencias se manifiestan también desde los tribunales, la voz de la ministra Lenia se erige como un recordatorio de que la legitimidad del poder judicial no proviene del aislamiento elitista, sino del respeto a la Constitución y al mandato popular. Su postura no busca debilitar a la Corte, sino devolverle su función original que es garantizar el orden constitucional, no sustituir la voluntad democrática.

Héctor Zariñana📱

93,895 次观看 • 9 个月前