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La reciente reforma aprobada al artículo 127 constitucional, afectará más de 80 000 personas jubiladas de CFE, PEMEX, BANOBRAS, NAFIN, BANCOMEXT, entre otras; ante tal decreto violatorio de sus derechos fundamentales, se deben defender a través de los medios constitucionales y convencionales a su alcance, con una asesoría de...

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No estoy de acuerdo con otorgarle la personería jurídica a Defensores de la Patria, por eso salvé mi voto en la Sala Plena de hoy. Aquí están mis argumentos: 1. La Constitución no autoriza reconocer personería jurídica con base en la votación presidencial. El artículo 108 establece de manera expresa que el presupuesto de representatividad se acredita mediante la votación no inferior al tres por ciento (3%) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado. El Consejo Nacional Electoral no puede crear nuevas causales de acceso a la personería jurídica. El artículo 265 le atribuye la competencia para reconocer personerías, pero no para modificar los requisitos fijados por la Constitución. 2. La Sentencia SU-316 de 2021 no constituye una regla general. Su decisión respondió a un supuesto constitucional excepcional ligado a la segunda votación presidencial, la oposición política y el artículo 112 de la Constitución, circunstancias que no concurren en este caso. 3. No existe equivalencia constitucional entre elecciones presidenciales y legislativas. Aunque ambas expresan respaldo ciudadano, cumplen funciones distintas dentro del diseño constitucional y producen efectos jurídicos diferentes. 4. Los precedentes de Colombia Humana y de la Liga de Gobernantes Anticorrupción no son extensibles automáticamente. Fueron decisiones adoptadas en contextos constitucionales específicos y no constituyen una fuente autónoma para ampliar las causales de reconocimiento de personería jurídica. 5. Los requisitos organizativos de la Ley 1475 de 2011 no reemplazan el requisito constitucional de representatividad. La existencia de una organización política no implica, por sí sola, el derecho a obtener personería jurídica. 6. La decisión mayoritaria desborda el marco constitucional. Sustituye el requisito previsto en el artículo 108, extiende indebidamente la SU-316 de 2021, equipara Gobierno y oposición, amplía injustificadamente los antecedentes administrativos y crea una nueva vía de acceso a la personería jurídica sin fundamento constitucional, afectando la seguridad jurídica. 7. El respaldo ciudadano obtenido por Defensores de la Patria no se desconoce; lo que se sostiene es que, en un Estado constitucional de derecho, el reconocimiento de la personería jurídica solo puede otorgarse conforme a los requisitos expresamente establecidos por la Constitución y no mediante una ampliación interpretativa de las competencias del Consejo Nacional Electoral.

Mg. Alba Lucía Velásquez

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QUISO JUGAR A LAS GUERRITAS CON ESTADOS UNIDOS… PUES YA LO LOGRÓ La presidente Claudia Claudia Sheinbaum Pardo decidió convertir la revocación de la visa de Andy López Beltrán en un pleito político con Estados Unidos. Salió a defender al hijo de su mentor, gritó “soberanía”, acusó de “injerencia” y pretendió hacer creer a los mexicanos que una decisión de Estados Unidos sobre quién puede entrar a SU territorio constituye una afrenta contra México. Mentira. Estados Unidos también es soberano. Una visa estadounidense no es un derecho. Es un privilegio que ese país concede y puede revocar. Y el mensaje desde Washington es todavía más incómodo: el Departamento de Estado ha reiterado que cada decisión de visa es una decisión de seguridad nacional y que busca impedir el ingreso de individuos que amenacen los intereses de Estados Unidos. Entonces, presidente Claudia Sheinbaum Pardo: Si quería jugar a las guerritas diplomáticas, engañando a los mexicanos con una falsa “injerencia” y poniendo innecesariamente en riesgo la relación con nuestro principal socio comercial por defender la visa de Andy López Beltrán, ya lo logró. Pero tenga mucho cuidado con el pleito que decidió abrir. Porque hasta ahora Estados Unidos se ha negado, por confidencialidad, a revelar públicamente por qué le revocó la visa a Andy. Y después de las visas retiradas a otros políticos mexicanos y de las acciones judiciales estadounidenses contra funcionarios y personajes de la política mexicana, la pregunta se vuelve cada vez más incómoda: ¿QUÉ LE SABE ESTADOS UNIDOS A ANDY LÓPEZ BELTRÁN Y A OTROS PERSONAJES DE MORENA? Usted decidió convertir una visa en un asunto de “soberanía nacional”. Cuidado con que Estados Unidos termine respondiéndole con la información que hasta ahora se ha reservado. Mauricio

José Díaz

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