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Para Uds trabajadores 🫶

33,480 views • 1 year ago •via X (Twitter)

10 Comments

Carlos Monroy M.'s profile picture
Carlos Monroy M.1 year ago

Hay q cumplir con la norma, si no avisas la enfermedad se presume su inexistencia, al ser presunción legal admite prueba, ahí la obligación de probar, siendo la conducente la q dice. Dónde está la mala fe del Empleador? Lo del Ministerio es una simple formalidad complementaria

Mariela Díaz Aragón's profile picture
Mariela Díaz Aragón1 year ago

Ah ya!

Tomas Cotapo's profile picture
Tomas Cotapo1 year ago

Gracias Dra.

Rodrigo Mendoza's profile picture
Rodrigo Mendoza1 year ago

Bella e inteligente ♥️

Felix Jose Garcia's profile picture
Felix Jose Garcia1 year ago

Eres un crack genial

raymundo hermógenes's profile picture
raymundo hermógenes1 year ago

Gracias abogada Díaz, su ayuda en éstas cosas laborales es de inmenso reconocimiento, con conocimiento de la ley no hay corrupción.

Carlos Diaz Guzmán's profile picture
Carlos Diaz Guzmán1 year ago

Que consejo más ÚTIL Y EFECTIVO Mariela. En el mundo virtual, digital o telemático en que nos desenvolvemos; ES PERFECTAMENTE DABLE, el cumplir con la “obligación” CADUCA de comunicar a la Inspectoria del Trabajo, todo caso de enfermedad de un trabajador, por la vía digital. ✍️👏

Mariela Díaz Aragón's profile picture
Mariela Díaz Aragón1 year ago

Gracias Papi 🫶 Es una mera formalidad, y la justicia no se debe sacrificar por esto.

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Flash News 🇪🇨⚡️1 year ago

🤢

Arturo.Enrique 's profile picture
Arturo.Enrique 1 year ago

se la extraña en De fútbol se habla así. saludos abogada

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