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🚨 Marcelo Ebrard y la ex embajadora Josefa González Blanco cometieron un delito federal. Hoy Ebrard quiere minimizar el hecho de que tuvo a su hijo viviendo 6 meses en la Embajada de México en Londres, pero el Código Penal Federal considera esto como un delito. “Art 223. Comete...

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El 3 julio de 2022 un caza del ejército del aire español despegó para escoltar un avión de Easyjet entre Londres-Menorca tras un aviso de amenaza de bomba en el interior. La alerta provenía de los servicios de inteligencia de Reino Unido y se avisó cuando el aparato volaba por espacio aéreo francés. Cuando el avión aterrizó en Menorca la Guardia Civil detuvo al británico Aditya Verma de 18 años. Ya que Verma desde el aeropuerto de Gatwick envió el siguiente mensaje a 6 amigos en su grupo privado de Snapchat adjuntando una foto “De camino a estallar el avión. Soy miembro de los Talibán”. Fue una broma, pero acabó en su pesadilla. Todo derivó en una causa en la Audiencia Nacional que se juzgó el pasado lunes. El chico está acusado de un delito de desórdenes públicos tipificado en el artículo 561 de nuestro código penal. “Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses” Se enfrenta a esa pena y a una indemnización para el Ministerio de Defensa de 94.782 euros por el despliegue del avión F-18. Por otra parte la multa ascendería a 22.830. La Fiscalía y la Abogacía del Estado solicitan una sentencia condenatoria, pero la defensa una libre absolución. Y se basa en algo lógico. Los peritos de la Guardia Civil no encontraron nada que relacionase a Verma con el yihadismo en sus teléfonos móviles. El acusado argumenta que realizó esa broma porque tiene orígenes hindúes y con sus amigos bromeó que lo detendrían por su apariencia nada más llegar a España. El mensaje sólo se compartió en un grupo privado de 6 personas, sin posibilidad de que se compartiese a más público porque Verma habría recibido una notificación de ello en su cuenta de Snapchat. La defensa alegó que para obtener la información de ese mensaje en un grupo privado el Reino Unido tuvo que violar la intimidad y el derecho al secreto de las comunicaciones de su cliente. Y quien tiene que afrontar los gastos del F-18 es el gobierno británico. Todo está visto para sentencia.

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4,411,260 views • 2 years ago

#JusticiaParaAlma Hilario Beltran había acosado a Ana Itzel, hermana de Alma Lourdes, la mujer que Hilario de 71 años ejecutó de tres balazos en la Carnicería Chihuahua de Ciudad Obregón perteneciente a Cajeme, Sonora. Y es que las dos hermanas trabajan juntas según la carpeta de Investigación, este acoso fue el que derivó en la discusión que sostuvieron, de ahí las palabras de Alma Lourdes, “No señor, no moleste. Este es un lugar de trabajo. ¡Respete!”. Hilario se fue, pero regresó, asesinó a Alma Lourdes y huyó a su domicilio, cuando los agentes fueron por él dijo y quedó grabado en video, "Lo único que tengo son huevos para cuando se ofrezca y no se ha ofrecido todavía...". En el momento de su detención y cateo a su domicilio a Hilario se le encontraron dos armas cortas y dos armas largas. A Hilario Beltrán se le formuló la imputación por los delitos de acoso sexual y feminicidio para poder ser vinculado a proceso. El Vicefiscal de Control de Procesos de la Fiscalía de Sonora, Ramón Tadeo Gradías, mencionó que Hilario, podría tener 78 años de prisión por feminicidio y acoso sexual. Solo por el delito de Feminicidio Hilario recibiría una sentencia de 45 a 70 años de prisión y una multa que va desde los 207,480 hasta 518,700 pesos, como lo estipula el Código Penal del Estado de Sonora. Sin embargo el Código Penal Federal dice lo siguiente sobre las personas mayores de 70 años Artículo 55 En el caso de que el imputado sea una persona mayor de setenta años de edad o afectada por una enfermedad grave o terminal, el Órgano jurisdiccional podrá ordenar que la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico o geriátrico, bajo las medidas cautelares que procedan, en todo caso la valoración por parte del juez se apoyará en dictámenes de peritos. La revisión de la medida cautelar podrá ser promovida por las partes quienes además ofrecerán pruebas para dicho efecto.

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764,126 views • 3 years ago